Tesis nº VI-TASR-XXXVI-134 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Febrero de 2011

JuezAislada, Sala Regional del Caribe
MateriaCÓDIGO DE COMERCIO,Derecho Fiscal
Fecha01 Febrero 2011
Fecha de publicación01 Febrero 2011
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año IV. No. 38. Febrero 2011. p. 426
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónVI-TASR-XXXVI-134

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

CDIGO DE COMERCIO

VI-TASR-XXXVI-134

COMISIÓN MERCANTIL.- EL CONTRATO MARCO EN QUE SE SUSTENTA DEBE INSCRIBIRSE EN EL REGISTRO PÚBLICO DEL COMERCIO PARA EFECTOS FISCALES.-

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 273 del Código de Comercio, la comisión mercantil es el contrato consistente en encargar a una persona (comisionista) vía mandato, la realización de uno o más negocios de naturaleza mercantil a cuenta de otra (comitente). De igual forma, de los artículos 3º, fracción II, 16, fracción II, 27, 75, fracciones X, XII y XXV, de dicho Código, se desprende que las sociedades constituidas con arreglo a las leyes mercantiles se consideran comerciantes; que éstos están obligados a inscribir en el Registro Público de Comercio, los documentos cuyo tenor y autenticidad deben hacerse notorios; que la falta de registro de los actos cuya inscripción sea obligatoria tiene como consecuencia que los mismos sólo produzcan efectos jurídicos entre los que participan en su celebración sin que puedan producir perjuicio a tercero, el cual puede aprovecharse de ellos en lo que le sean favorables; que se reputa como actos de comercio a las empresas de comisiones, las operaciones de comisión mercantil y cualquier otro acto análogo a los citados. En ese tenor, si en un contrato de comisión mercantil se convienen, entre otros actos, el cobro de servicios de hotelería, expedición y firma de facturas y documentos, el depósito y retiro de circulante que fuese necesario en las cuentas de la comisionista en lugar de las de la comitente, así como aquellos actos necesarios para el cumplimiento del objeto de esta última, es de considerar que tal convenio sí es trascendente y por ende, la comisionista (en su carácter de comerciante) está obligada a inscribirlo en el Registro Público de Comercio...

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