Tesis nº V-TASR-VII-3179 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Julio de 2008

JuezAislada, Sala Regional Noroeste II
MateriaREGLAMENTO PARA LA CLASIFICACIÓN DE
EMPRESAS Y DETERMINACIÓN DE LA PRIMA
EN EL SEGURO DE RIESGOS DE TRABAJO
Fecha01 Julio 2008
Fecha de publicación01 Julio 2008
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año I. No. 7. Julio 2008. p. 207
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónV-TASR-VII-3179

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

REGLAMENTO PARA LA CLASIFICACIN DE EMPRESAS Y DETERMINACIÓN DE LA PRIMA EN EL SEGURO DE RIESGOS DE TRABAJO

V-TASR-VII-3179

RECTIFICACIÓN DE LA PRIMA DEL SEGURO DE RIESGOS DE TRABAJO.- EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL CUENTA CON UN PLAZO PERENTORIO PARA TALES EFECTOS.-

El artículo 21, del Reglamento para la Clasificación de Empresas y Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo, establece en la parte conducente, lo siguiente: "Artículo 21.- El Instituto podrá rectificar o asignar la prima de una persona, mediante resolución, que se notificará al patrón o a su representante legal, en un plazo que no exceda al 31 de enero del año siguiente a aquél en que deba iniciarse su vigencia, cuando: I.- La prima manifestada por el patrón no esté de acuerdo a lo dispuesto en este Reglamento; (...)" De cuyo contenido se desprende con claridad el límite a la facultad del Instituto Mexicano del Seguro Social, para la determinación anual de la prima de mérito, respecto de la notificación de su resolución al patrón, estableciendo que su ejercicio, lo es en un plazo perfectamente identificable, que de ninguna manera podrá exceder al treinta y uno de enero del año siguiente a aquél en que deba...

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