Tesis nº VI-P-2aS-573 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Agosto de 2010

JuezPrecedente, Segunda Sección
MateriaLEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO 
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO,Derecho Fiscal
Fecha01 Agosto 2010
Fecha de publicación01 Agosto 2010
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año III. No. 32. Agosto 2010. p. 225
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónVI-P-2aS-573

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

VI-P-2aS-573

INCIDENTE DE INCOMPETENCIA EN RAZN DEL TERRITORIO.- ES IMPROCEDENTE SI CON ANTERIORIDAD SE EMITIÓ SENTENCIA INCIDENTAL DETERMINANDO LA SALA REGIONAL RESPECTO DE LA CUAL SE SURTE LA COMPETENCIA TERRITORIAL PARA CONOCER DEL JUICIO.-

El artículo 30 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, dispone las formalidades para la procedencia del incidente de incompetencia en razón del territorio; sin embargo, a fin de establecer si la cuestión incidental es susceptible de ser analizada en lo substancial, resulta trascendente atender a los antecedentes del caso, y si de dicho análisis resultare que existe ya en autos una resolución interlocutoria previa, en la que se hubiere decidido el aspecto relativo a la competencia territorial de la Sala Regional del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa que debe conocer del juicio, el incidente que en fecha posterior, hubiere planteado una de las partes en el juicio resulta improcedente, puesto que abordar su estudio implicaría someter a análisis la determinación alcanzada en una sentencia que decidió ya sobre el aspecto competencial, siendo que las Secciones de la Sala Superior no tienen competencia para constituirse en órgano de apelación frente a las decisiones jurisdiccionales que emanen del Pleno, de las propias Secciones, o de las Salas Regionales de este órgano de justicia.

Incidente de Incompetencia Núm. 4970/08-17-09-7/253/10-S2-07-06.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 27 de mayo de 2010, por mayoría de 4 votos a favor y 1 voto en contra.- Magistrada Ponente: S.E.D.V..- Secretario: L.. J. de J.G.L..

(Tesis aprobada en sesión de 27 de mayo de 2010) PRECEDENTES...

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