Tesis nº VI-TASR-XXVI-37 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Agosto de 2010

JuezAislada, Segunda Sala Regional de Oriente
MateriaCÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Fecha01 Agosto 2010
Fecha de publicación01 Agosto 2010
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Sexta Época. Año III. No. 32. Agosto 2010. p. 269
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónVI-TASR-XXVI-37

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

CDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

VI-TASR-XXVI-37

RECURSO DE REVOCACIÓN.- LA AUTORIDAD FISCAL AL ANALIZAR EN UNA RESOLUCIÓN, CUATRO RECURSOS INTERPUESTOS POR EL CONTRIBUYENTE, NO VIOLA DISPOSICIÓN ALGUNA DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.-

Si bien en el Título V, Capítulo I, Sección Primera, Segunda y Tercera del Código Fiscal de la Federación no se contempla de manera expresa la acumulación de recursos de revocación, el hecho de que la autoridad fiscal competente para resolver los cuatro recursos de revocación interpuestos por la misma recurrente, no incurre en ilegalidad alguna, pues al efecto señaló que se trataba del mismo recurrente, que todos los recursos tienen como antecedente la misma resolución determinante de los créditos fiscales impugnados, analizó la resolución recurrida en cada uno de ellos, se pronunció respecto de cada una de ellas y resolvió de manera conjunta en el mismo sentido, máxime que en el caso a estudio resolvió desechar por...

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