Tesis nº II-TASS-8224 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Diciembre de 1985

JuezAislada, Sala
MateriaPROCESAL
(PRUEBAS)
Fecha01 Diciembre 1985
Fecha de publicación01 Diciembre 1985
LocalizadorR.T.F.F. Segunda Epoca. Año VII. No. 72. Diciembre 1985. p. 537
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónII-TASS-8224

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

PROCESAL (PRUEBAS)

II-TASS-8224

EXHIBICION DE DOCUMENTOS.- SE DEBE REQUERIR A LAS AUTORIDADES DEMANDADAS Y, AL EFECTO, FIJARLES UN TERMINO PERENTORIO.-

De conformidad con el artculo 233 del Código Fiscal de la Federación, en relación con el artículo 297 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, las Salas Regionales de este Tribunal deben requerir a las autoridades demandadas que expidan las pruebas documentales que solicite la actora, apercibiéndolas de que si en un plazo de diez días hábiles y, sin causa justificada, no las expiden, se presumirán ciertos los hechos que se...

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