Tesis nº II-TASS-6966 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Diciembre de 1984

JuezAislada, Sala
MateriaTIMBRE
Fecha01 Diciembre 1984
Fecha de publicación01 Diciembre 1984
LocalizadorR.T.F.F. Segunda Epoca. Año VI. No. 60. Diciembre 1984. p. 456
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónII-TASS-6966

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

TIMBRE

II-TASS-6966

TIMBRE.- NO CAUSABAN DICHO IMPUESTO LOS CONTRATOS DE CESION DE DERECHOS DE USO MORTUORIO A PERPETUIDAD, POR TRATARSE DE CONTRATOS INNOMINADOS.-

Los contratos que celebra una empresa con particulares por los cuales cede el derecho de uso mortuorio a perpetuidad de lotes de terreno o gavetas para depositar cadveres, restos humanos o cenizas, no constituyen contratos de compraventa, ya que si bien es cierto hay acuerdo sobre cosa y precio, así como entrega de uno y otro, también lo es que, en el caso no se surten los elementos configurativos de ese contrato, establecidos por el artículo 2248 del Código Civil para el Distrito Federal en materia común y para toda la República en Materia Federal, ni los de una cesión perpetua, pues se trata de contratos innominados. Por otra parte, dichos contratos quedan condicionados a los Reglamentos existentes sobre panteones que limitan el...

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