Tesis nº II-TASS-6915 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Noviembre de 1984

JuezAislada, Sala
MateriaPROCESAL
Fecha01 Noviembre 1984
Fecha de publicación01 Noviembre 1984
LocalizadorR.T.F.F. Segunda Epoca. Año VI. No. 59. Noviembre 1984. p. 379
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónII-TASS-6915

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

PROCESAL

II-TASS-6915

NEGATIVA FICTA.- SI NO SE AMPLIA LA DEMANDA DEBE PRESUMIRSE SU VALIDEZ.-

Cuando la materia del juicio est constituida por una "negativa ficta" y el actor no amplía su demanda no obstante que la autoridad en su contestación expresó los fundamentos y motivos de la misma, debe presumirse la validez de dicha negativa, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 68 del Código Fiscal de la Federación en vigor, ya que en juicios de esa naturaleza, es en la ampliación de la demanda, por regla general, cuando deben darse los conceptos de nulidad en contra de la fundamentación que se dio en la contestación, o si no se hace, debe estarse a la presunción referida, independientemente de...

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