Tesis nº II-TASS-7425 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Abril de 1985

JuezAislada, Sala
MateriaPROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
Fecha01 Abril 1985
Fecha de publicación01 Abril 1985
LocalizadorR.T.F.F. Segunda Epoca. Año VI. No. 64. Abril 1985. p. 844
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónII-TASS-7425

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

II-TASS-7425

PAGO DE IMPUESTOS EN PARCIALIDADES.- NO SE CONSIDERA ESPONTANEO EL ENTERO, SI PREVIAMENTE A LA SOLICITUD HA EXISTIDO GESTION DE AUTORIDAD.-

Si bien el artculo 37, fracción X del Código Fiscal de la Federación de 1967, establecía que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público se abstendría de imponer sanciones cuando existiera pago espontáneo de los impuestos omitidos, no es menos cierto que no puede considerarse espontáneo el entero de los mismos cuando previamente la autoridad había requerido al contribuyente para tal efecto. En esa virtud, si la autoridad demandada demuestra que previamente a la solicitud del particular de...

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