Tesis nº V-TASR-XII-II-2786 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Mayo de 2007

JuezAislada, Segunda Sala Regional Hidalgo - México
MateriaLEY FEDERAL SOBRE METROLOGÍA Y NORMALIZACIÓN,Derecho Fiscal
Fecha01 Mayo 2007
Fecha de publicación01 Mayo 2007
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VII. No. 77. Mayo 2007. p. 634
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónV-TASR-XII-II-2786

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

LEY FEDERAL SOBRE METROLOGA Y NORMALIZACIÓN

V-TASR-XII-II-2786

METROLOGÍA Y NORMALIZACIÓN.- LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-005-SCFI-2005 ?INSTRUMENTOS DE MEDICIÓN-SISTEMA PARA MEDICIÓN Y DESPACHO DE GASOLINA Y OTROS COMBUSTIBLES LÍQUIDOS-ESPECIFICACIONES, MÉTODOS DE PRUEBA Y DE VERIFICACIÓN?, AL NO RESPETARSE EL PROCEDIMIENTO PARA SU ELABORACIÓN ES VIOLATORIA DE LOS ARTÍCULOS 47, FRACCIÓN I, 51 DE LA LEY FEDERAL SOBRE METROLOGÍA Y NORMALIZACIÓN; ASÍ COMO EL ARTÍCULO 33 DE SU REGLAMENTO.-

De la interpretación sistemática de los artículos 47, fracción I y 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, así como del diverso 33 de su Reglamento, se colige que durante el proceso de elaboración de una norma oficial mexicana, cuando en virtud de los comentarios hechos por los interesados, respecto del proyecto inicial de norma, ésta cambia sustancialmente su contenido por crearse nuevos requisitos o procedimientos, o bien, incorporar especificaciones más estrictas a la misma, deberá ser sometida de nueva cuenta a la consulta pública establecida en el artículo 47, fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, obligación que no fue debidamente cumplida durante la elaboración de la Norma Oficial Mexicana NOM-005-SCFI-2005, "Instrumentos de medición-Sistema para medición y despacho de gasolina y otros combustibles líquidos-Especificaciones, métodos de prueba y de verificación", puesto que del análisis al proyecto que diera origen a la misma y que fuera publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 9 de septiembre de 2004 y a los comentarios hechos por los interesados, mismos que se pueden apreciar en las respuestas que se hicieron de ellos, las cuales se publicaron en el Diario Oficial de la Federación el día 7 de septiembre de 2005, así como al contenido final del acto de carácter general que nos ocupa, siendo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de septiembre de 2005, se puede apreciar que con motivo de tales observaciones, se crearon nuevos requisitos y procedimientos, así como un nuevo sistema de verificación y se incorporaron especificaciones más estrictas al contenido inicial de la norma, que no se encontraban contemplados en el...

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