Tesis nº V-P-2aS-799 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Diciembre de 2007

JuezPrecedente, Segunda Sección
MateriaCÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Fecha01 Diciembre 2007
Fecha de publicación01 Diciembre 2007
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VII. No. 84. Diciembre 2007. p. 66
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónV-P-2aS-799

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

CDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

V-P-2aS-799

MANIFESTACIÓN DE CONOCIMIENTO DEL ACTO IMPUGNADO A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 209 BIS, FRACCIÓN I DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN. SE DEBE TENER A LA ACTORA POR LEGALMENTE SABEDORA DEL CONTENIDO DE DICHO ACTO A PARTIR DE ESE MOMENTO.-

Si el artículo 209 Bis, fracción I, del Código Fiscal de la Federación, dispone que el actor deberá señalar la fecha en que conoció el acto administrativo que impugna del que afirme conocer su contenido, aun cuando controvierta su notificación por ilegal o por no haberse practicado, dicha afirmación de conocer el acto administrativo, es determinante para establecer la oportunidad de la presentación de la demanda, a partir de la fecha que se señale como de conocimiento del acto. En consecuencia, con tal manifestación, se estima que la actora a partir de dicho conocimiento se tiene como sabedora del contenido del acto administrativo. Por tanto, el cómputo para la presentación de la demanda a que se refiere el artículo 207 del Código Fiscal de la Federación, inicia a partir del día siguiente a aquél en...

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