Tesis nº V-P-1aS-250 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Marzo de 2005

JuezPrecedente, Primera Sección
MateriaLEY DE COMERCIO EXTERIOR,Derecho Fiscal
Fecha01 Marzo 2005
Fecha de publicación01 Marzo 2005
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año V. No. 51. Marzo 2005. p. 19
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónV-P-1aS-250

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

LEY DE COMERCIO EXTERIOR

V-P-1aS-250

AGRAVIOS INOPERANTES. SON AQUELLOS CONCEPTOS DE IMPUGNACIN EN LOS QUE SE CUESTIONA LA CONSTITUCIONALIDAD DE LOS ORDENAMIENTOS EN QUE SE APOYÓ EL ACTO CONTROVERTIDO.-

La jurisprudencia 196 sustentada por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en la pág. 333, primera parte, del Apéndice al Semanario Judicial de la Federación, 1917-1988, cuyo rubro dice: "TRIBUNAL FISCAL. CARECE DE COMPETENCIA PARA JUZGAR SOBRE LA CONSTITUCIONALIDAD DE LEYES"; establece que este Tribunal carece de competencia para estudiar y resolver sobre la inconstitucionalidad de una ley, ya que tal facultad corresponde al Poder Judicial de la Federación, a través del juicio de amparo. De acuerdo con lo anterior, si la demandante pretende que se declare la nulidad de un acto de autoridad, aduciendo que se sustenta en el "Acuerdo por el que se establecen las normas para la determinación del país de origen de mercancías importadas y las disposiciones para su certificación en materia de cuotas compensatorias" y en "la resolución definitiva de la investigación antidumping sobre importaciones de hilados y tejidos de fibras sintéticas y artificiales" de 30 de agosto y 18 de octubre de 1994 respectivamente, que según él, infringen lo dispuesto por el artículo 73, fracciones X y XXX, en relación con lo previsto por el diverso 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pues al ser emitidos por la entonces Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, dependencia del Poder Ejecutivo, invaden la esfera de competencia del Poder Legislativo, al contravenir mediante...

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