Tesis nº V-TASS-26 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Septiembre de 2001

JuezAislada, Pleno
MateriaRESOLUCIONES A RECURSOS ADMINISTRATIVOS
 COMPETENCIA DEL T.F.J.F.A.,Derecho Fiscal
Fecha01 Septiembre 2001
Fecha de publicación01 Septiembre 2001
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año I. No. 9. Septiembre 2001. p. 109
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónV-TASS-26

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

RESOLUCIONES A RECURSOS ADMINISTRATIVOS

COMPETENCIA DEL T.F.J.F.A.

V-TASS-26

INDEBIDA FUNDAMENTACIN Y MOTIVACIÓN.- EXISTE, SI LA AUTORIDAD SE APOYA EN UNA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA NO VIGENTE.-

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 38, fracciones III y IV, y 16 Constitucional, para fundar y motivar un acto es necesario citar las disposiciones jurídicas aplicables al caso concreto y encuadrar la conducta del particular a las hipótesis normativas que delimitan los preceptos aplicables. Por su parte, el artículo 36 Bis del Código Fiscal de la Federación, establece que las resoluciones administrativas dictadas en materia de impuestos que son favorables al particular o determinan un régimen fiscal, surten sus efectos en el ejercicio fiscal en el que se otorga o en el ejercicio inmediato anterior, cuando se hubiere solicitado la resolución, y ésta se otorgue en los 3 meses siguientes al cierre del mismo. En esas condiciones, si en el trimestre correspondiente a septiembre-noviembre de 1998, un contribuyente, al amparo de la Regla 3.32.9 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 1998, solicita se tenga por cumplido el requisito previsto en el rubro C. de dicha R., y la autoridad niega tener por cumplido el requisito señalado, con apoyo en una R. diferente como lo es la 3.32.11, que estableció una tasa preferencial a los contribuyentes del impuesto sobre la renta que colocaron títulos valor en el extranjero a través de...

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