Tesis nº V-TASR-XVII-1872 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Septiembre de 2005
Juez | Aislada, Sala Regional Peninsular |
Materia | CÃDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÃN,Derecho Fiscal |
Fecha | 01 Septiembre 2005 |
Fecha de publicación | 01 Septiembre 2005 |
Localizador | R.T.F.J.F.A. Quinta Ãpoca. Año V. No. 57. Septiembre 2005. p. 245 |
Emisor | Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa |
Número de resolución | V-TASR-XVII-1872 |
TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE
CDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
V-TASR-XVII-1872
CONDONACIÓN DE MULTAS POR INFRACCIÓN A LAS DISPOSICIONES FISCALES. ES UNA FACULTAD DISCRECIONAL DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, NO OBSTANTE QUE EL CRÉDITO FISCAL REÚNA LOS REQUISITOS DE PROCEDENCIA QUE SEÑALA EL ARTÍCULO 16 DE LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL DE 2004.-
Disponen los artículos 16 de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2004, y 74 del Código Fiscal de la Federación, entre otras cosas, que se condonan los créditos derivados de contribuciones o aprovechamientos, cuyo cobro tenga encomendado el Servicio de Administración Tributaria, cuando el importe del crédito al 31 de diciembre de 2003, sea inferior o igual, al equivalente en moneda nacional a 2,500 unidades de inversión, asimismo, que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá condonar las multas por infracción a las disposiciones fiscales, inclusive las determinadas por el propio contribuyente, para lo cual apreciará discrecionalmente las circunstancias particulares y, en su caso, los motivos que tuvo la autoridad que impuso la sanción. En tal consideración, si bien es cierto que de conformidad con el artículo 16 de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2004, se condonan los créditos derivados de contribuciones o aprovechamientos, cuyo cobro tenga encomendado el Servicio de Administración Tributaria, cuando el importe del crédito al 31 de diciembre de 2003, sea inferior o igual, al equivalente en moneda nacional a 2,500 unidades de inversión, también resulta inconcuso que ello constituye una facultad discrecional de la autoridad, tan es así, que el artículo 74 del Código Fiscal de...
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