Tesis nº V-TASR-XVII-1494 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Febrero de 2005

JuezAislada, Sala Regional Peninsular
MateriaCÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN,Derecho Fiscal
Fecha01 Febrero 2005
Fecha de publicación01 Febrero 2005
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año V. No. 50. Febrero 2005. p. 212
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónV-TASR-XVII-1494

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

CDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

V-TASR-XVII-1494

COMPENSACIÓN Y ACREDITAMIENTO.- AL TRATARSE ÉSTAS DE UNA FORMA EXTINTIVA DE PODER CUBRIR LA OBLIGACIÓN FISCAL QUE TIENEN LOS CONTRIBUYENTES CON LA AUTORIDAD FISCAL, AMBAS FIGURAS JURÍDICAS TIENEN LOS MISMOS EFECTOS.-

Si bien es cierto que el segundo párrafo del artículo 6 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, establece que si en la declaración del ejercicio los contribuyentes tienen cantidades a su favor, podrán acreditarlas en declaraciones de pago provisional posteriores o solicitar su devolución total, también lo es que no obstante que dicho precepto no alude en forma expresa a la figura jurídica de la "compensación" ello no implica que los contribuyentes no tengan el derecho de ejercerla, en términos de lo previsto en el primer párrafo del artículo 23 del Código Fiscal de la Federación, dado que al tratarse las mismas de una forma extintiva de poder cubrir la obligación fiscal que tiene el contribuyente con la autoridad fiscal, es evidente que al hablarse de compensación igualmente se está en la hipótesis de acreditamiento, que prevé el segundo párrafo del referido artículo 6 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, dado que a...

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