Tesis nº V-TASR-VIII-1118 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Julio de 2004

JuezAislada, Primera Sala Regional del Norte - Centro II
MateriaCÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Fecha01 Julio 2004
Fecha de publicación01 Julio 2004
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año IV. No. 43. Julio 2004. p. 270
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónV-TASR-VIII-1118

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

CDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

V-TASR-VIII-1118

DÍAS Y HORAS INHÁBILES, LA RESTRICCIÓN PREVISTA POR EL ARTÍCULO 13 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, EN CUANTO A LA PRÁCTICA DE LAS DILIGENCIAS EFECTUADAS POR LAS AUTORIDADES FISCALES, NO SE REFIERE ÚNICAMENTE A ÉSTAS, SINO TAMBIÉN A LA EMISIÓN DE LOS ACTOS QUE LE DIERON ORIGEN A LAS MISMAS.-

Si bien es cierto que el artículo 13 del Código Fiscal de la Federación, se refiere a que las prácticas de las diligencias administrativas se deberán efectuar en días y horas hábiles, entendiéndose por éstos, a los que se refiere el artículo 12 del mismo Ordenamiento legal; también lo es que dicha restricción debe entenderse no únicamente para la práctica de dichas diligencias, sino también para la emisión de los actos administrativos que les dieron origen a las mismas, pues debe considerarse que todo acto administrativo debe ser emitido por una autoridad competente, entendiéndose por ésta, aquella que se encuentra facultada legal y materialmente para emitirlo. Por lo que si el precepto de trato no permite a la autoridad demandada llevar a cabo actos propios de su competencia en esos días considerados inhábiles (es decir, restringe la facultad de la autoridad para actuar en la propia esfera de su competencia), ello implica que la emisión de los mismos y no sólo su ejecución, no puede efectuarse en esos días y horas considerados como inhábiles en términos de la propia ley. Sin que sea óbice para lo anterior, el que el propio artículo permite a la autoridad la habilitación de días y horas inhábiles para su práctica, ya que en este caso debe considerarse que únicamente se refiere a la práctica o ejecución de dichos actos, pues la habilitación correspondiente, se efectuará a través de un acuerdo u oficio...

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