Tesis nº V-TASR-XXVI-1205 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Agosto de 2004

JuezAislada, Segunda Sala Regional de Oriente
MateriaCÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN,Derecho Fiscal
Fecha01 Agosto 2004
Fecha de publicación01 Agosto 2004
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año IV. No. 44. Agosto 2004. p. 432
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónV-TASR-XXVI-1205

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

CDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

V-TASR-XXVI-1205

NOTIFICACIÓN PERSONAL.- CERCIORAMIENTO DEL DOMICILIO.-

Aun cuando de una interpretación gramatical y restrictiva de los artículos 134, fracción I y 137 del Código Fiscal de la Federación, no se advierte que se exija al notificador expresar pormenorizadamente los detalles del procedimiento de notificación, lo cierto es que estas formalidades deben cumplirse en concordancia con las garantías de fundamentación y motivación que debe revestir todo acto de autoridad, como lo ha sostenido la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia 15/2001 visible en la página 494, del tomo XIII, abril de 2001, Novena Época, de rubro "NOTIFICACIÓN FISCAL DE CARÁCTER PERSONAL. DEBE LEVANTARSE RAZÓN CIRCUNSTANCIADA DE LA DILIGENCIA (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 137 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN)", en consecuencia, no se cumple con ese requisito cuando en la constancia de notificación no se indica la forma en que se cercioró el notificador de que efectivamente se trataba del domicilio señalado en el oficio a notificar, ni se menciona circunstancia o elemento...

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