Tesis nº V-P-2aS-82 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Octubre de 2001

JuezPrecedente, Segunda Sección
MateriaCÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Fecha01 Octubre 2001
Fecha de publicación01 Octubre 2001
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año I. No. 10. Octubre 2001. p. 189
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónV-P-2aS-82

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

CDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

V-P-2aS-82

REQUERIMIENTO DIRIGIDO AL CONTADOR PÚBLICO QUE FORMULÓ EL DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS.- DEBE SER NOTIFICADO AL CONTRIBUYENTE, EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 55, FRACCIÓN I, ÚLTIMO PÁRRAFO, DEL REGLAMENTO DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, VIGENTE EN 1995.-

En el artículo 55, fracción I, último párrafo, del Reglamento del Código Fiscal de la Federación, vigente en 1995, se establece expresamente que deberá destinarse copia al contribuyente, del oficio mediante el cual la autoridad fiscal requiere al contador público la información, exhibición de documentos y papeles de trabajo relacionados con el dictamen de estados financieros; lo cual se exige para no dejar al contribuyente en estado de indefensión e inseguridad jurídica, pues se trata de un procedimiento de fiscalización que puede dar origen a una determinación de contribuciones a su cargo, por lo que es necesario que el contribuyente conozca los actos que la autoridad fiscal está llevando a cabo y que le pueden llegar a afectar en su esfera jurídica, es decir, se trata de una disposición que la autoridad debe cumplir, pues no queda a su discreción el cumplimiento de la obligación de entregar al contribuyente copia del referido requerimiento, sino que, invariablemente en todos los casos, deberá destinarse dicha...

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