Tesis nº V-P-2aS-244 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Septiembre de 2003

JuezPrecedente, Segunda Sección
MateriaCÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN,Derecho Fiscal
Fecha01 Septiembre 2003
Fecha de publicación01 Septiembre 2003
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año III. No. 33. Septiembre 2003. p. 128
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónV-P-2aS-244

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

CDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

V-P-2aS-244

ACTO CONSENTIDO.- NO LO CONSTITUYE LA MULTA IMPUESTA POR INCUMPLIMIENTO A UN REQUERIMIENTO QUE NO FUE COMBATIDO, SI LA DEMANDA EN CONTRA DE AQUÉLLA SE INTERPUSO POR VICIOS PROPIOS.-

El artículo 202, en su fracción IV del Código Fiscal de la Federación, establece que el juicio contencioso administrativo federal, es improcedente en contra de actos respecto de los cuales hubiere consentimiento, entendiéndose que hay consentimiento únicamente cuando no se promovió algún medio de defensa en los términos de las leyes respectivas o juicio ante este Tribunal, en los plazos que señala el citado Código. En consecuencia, si el acto combatido en juicio es la multa impuesta como medida de apremio por incumplimiento a un requerimiento de documentación, formulado por la Comisión Federal de Competencia, en el que se apercibió al particular de que en caso de no exhibir la documentación requerida, le sería impuesta dicha...

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