Tesis nº V-TASS-57 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Abril de 2003

JuezAislada, Pleno
MateriaLEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Fecha01 Abril 2003
Fecha de publicación01 Abril 2003
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año III. No. 28. Abril 2003. p. 300
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónV-TASS-57

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

V-TASS-57

RESOLUCIONES MISCELNEAS, SU ÁMBITO TEMPORAL DE APLICACIÓN CUANDO ESTABLECEN REGLAS QUE IMPLICAN BENEFICIO PARA EL CONTRIBUYENTE.-

Como regla general, el artículo 154, fracción I de la Ley del Impuesto sobre la Renta, establece que cuando existe el pago de intereses a residentes en el extranjero, la tasa aplicable a retener de dicho impuesto será del 15%; sin embargo, si se trata de pago de intereses a residentes en el extranjero que adquieran títulos emitidos por una persona moral mexicana que, a su vez, los haya colocado en el extranjero, el porcentaje de retención del gravamen será del 4.9% ello en los términos de lo dispuesto por las resoluciones misceláneas de vigencia anual emitidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Ahora bien, si en el caso específico el retenedor, persona moral residente en México que colocó los títulos en el extranjero, cubrió los requisitos para tener derecho a la retención en el porcentaje del 4.9%, por haber cumplido con el punto C de la regla 3.32.9 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 1998 y el punto C de dicha Resolución para el año de 1999, (ejercicios en los que debería efectuar las retenciones) resulta ilegal que la autoridad atienda para fundamentar la negativa a autorizar la retención en dicho porcentaje, a la Resolución Miscelánea vigente en el año de 1997, cuando el pago de los intereses se efectuó en ejercicios...

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