Tesis nº VII-P-2aS-63 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Enero de 2012

Número de resoluciónVII-P-2aS-63
Fecha de publicación01 Enero 2012
Fecha01 Enero 2012
MateriaLEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año II. No. 6. Enero 2012. p. 165
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Este precepto legal establece como regla general, que la demanda de nulidad se presente por escrito directamente ante la Sala Regional competente, excepto cuando el demandante tenga su domicilio fuera de la población donde esté la sede de la Sala, pues en este caso, la demanda podrá enviarse a través del Servicio Postal Mexicano, mediante correo certificado con acuse de recibo, siempre que el envío se efectúe en el lugar en que resida el demandante. Ahora bien, si en el caso concreto la parte actora cumple con estas últimas exigencias legales, es inconcuso que deberá tenerse por presentada su demanda ante este Tribunal, en la fecha en que la misma se depositó para su envío en el Servicio Postal Mexicano, no...

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