Tesis nº VI-P-2aS-729 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Abril de 2011

Número de resoluciónVI-P-2aS-729
Fecha de publicación01 Abril 2011
Fecha01 Abril 2011
Número de registro54092
MateriaLEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Año IV. No. 40. Abril 2011. p. 436
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

En términos de lo dispuesto por el artículo 25 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, ante la solicitud de las medidas cautelares en el juicio contencioso, el Magistrado Instructor dictará un acuerdo en el que admita dicho incidente y ordenará correr traslado a la autoridad a quien se impute el acto administrativo o los hechos objeto de la controversia, pidiéndole un informe que deberá rendir en un plazo de tres días. De igual manera, dicho dispositivo señala que en el mismo auto se resolverá sobre las medidas cautelares previas. Por tanto, el requerimiento...

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