Tesis nº VI-TASR-III-20 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Junio de 2011

Número de resoluciónVI-TASR-III-20
Fecha de publicación01 Junio 2011
Fecha01 Junio 2011
Número de registro54289
MateriaLEY ADUANERA,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Año IV. No. 42. Junio 2011. p. 174
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 89, fracción II de la Ley Aduanera, la descripción, naturaleza, estado y demás características de las mercancías que permitan su clasificación arancelaria no es un campo rectificable, de ahí que si la parte actora realiza la rectificación al campo correspondiente a la fracción arancelaria, pero con ello se modificó la descripción de la mercancía y por tanto ya no coincide la fracción arancelaria correcta con las características de la mercancía, es indudable que se cometió la infracción prevista en artículo 184, fracción III de la Ley Aduanera al presentarse documentos con datos...

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