Tesis nº VI-TASR-VII-53 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Mayo de 2011

Número de resoluciónVI-TASR-VII-53
Fecha de publicación01 Mayo 2011
Fecha01 Mayo 2011
Número de registro54207
MateriaCÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Año IV. No. 41. Mayo 2011. p. 191
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Todo acto de autoridad debe estar suficientemente fundado y motivado, entendiéndose por fundar, el citar los preceptos legales aplicables, y por motivar, el señalar las circunstancias especiales, causas específicas y razones particulares en el texto de la resolución. Tratándose de infracciones fiscales y administrativas, la autoridad debe acreditar en su resolución todos los elementos del tipo de la infracción que se atribuye al gobernado, no solo señalando el precepto jurídico que prevé la infracción, sino encuadrando la hipótesis normativa que considere infringida con la conducta del administrado, de tal manera que no exista duda que cometió la infracción. Lo anterior es así, en tanto que el principio de tipicidad se...

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