Tesis nº VI-P-2aS-748 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Mayo de 2011

Número de resoluciónVI-P-2aS-748
Fecha de publicación01 Mayo 2011
Fecha01 Mayo 2011
Número de registro54188
MateriaLEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Año IV. No. 41. Mayo 2011. p. 104
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 5° del Código Fiscal de la Federación, las disposiciones fiscales que establezcan cargas a los particulares y las que señalan excepciones a las mismas, así como las que fijan las infracciones y sanciones, son de aplicación estricta. Ahora bien, para dar cabal cumplimiento a lo ordenado en el citado numeral, el destinatario de la norma primeramente debe interpretar el contenido del precepto que será aplicado en una situación de hecho específica. Así entonces, si la disposición normativa a aplicar contempla en su contenido elementos de naturaleza técnica ajenos al ámbito del derecho, éstos deben ser entendidos e interpretados de conformidad con la concepción desarrollada por la ciencia a la cual pertenecen, excepción hecha de aquellos conceptos a los cuales normativamente se les hubiese dado, atendiendo a su connotación específica. En tal sentido, si como ocurrió en el asunto traído a juicio, el artículo 41, fracción III, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, hace referencia a una mecánica para la deducción de bienes de activo fijo, la cual...

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