Tesis nº VI-TASR-XII-II-66 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Febrero de 2011

Número de resoluciónVI-TASR-XII-II-66
Fecha de publicación01 Febrero 2011
Fecha01 Febrero 2011
Número de registro53870
MateriaLEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Año IV. No. 38. Febrero 2011. p. 381
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

El artículo 24, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, establece que una vez iniciado el juicio contencioso administrativo, pueden decretarse todas las medidas cautelares necesarias para mantener la situación de hecho existente, que impidan que la resolución impugnada pueda dejar el litigio sin materia o causar un daño irreparable al actor, salvo en los casos en que se cause perjuicio al interés social o se contravengan disposiciones de orden público, entendiendo este último como el conjunto de pretensiones relacionadas con las necesidades colectivas de los miembros de una comunidad y protegidas mediante la intervención directa y permanente del Estado. A su vez la Secretaría de Desarrollo Social, define como estancia infantil a un establecimiento dedicado al cuidado y atención infantil que opera a través de una responsable capacitada por el DIF (Desarrollo Integral de la Familia) Nacional y la referida secretaría, encaminado a beneficiar a madres que trabajan o buscan empleo, estudiantes y padres solos...

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