Tesis nº VI-TASR-XIX-10 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Febrero de 2011

Número de resoluciónVI-TASR-XIX-10
Fecha de publicación01 Febrero 2011
Fecha01 Febrero 2011
Número de registro53835
MateriaLEY DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Año IV. No. 38. Febrero 2011. p. 338
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Tomando en cuenta que la actora tiene el derecho de autodeterminarse la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo, y por su parte la autoridad tiene la facultad de rectificar dicha Prima, y con base en tal atribución, determinar diferencias respecto del pago de las cuotas obrero patronales, las cuales debe cubrir aquélla, al tratarse de prestaciones de interés social, es decir, se encuentran establecidas en la Constitución a favor de los trabajadores; máxime que para el caso de que resulte favorable la rectificación de dicha prima, y que se encuentra impugnada, el patrón tiene entonces el derecho a que se le devuelva el pago que haya realizado con exceso.

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