Tesis nº VIII-CASR-2NOE-13 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Agosto de 2022

JuezCriterio Aislado de Sala Regional
MateriaCÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Fecha01 Agosto 2022
Fecha de publicación01 Agosto 2022
LocalizadorR.T.F.J.A. Novena Época. Año I. No. 8. Agosto 2022. p. 229
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónVIII-CASR-2NOE-13

CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

VIII-CASR-2NOE-13

ÚLTIMO PÁRRAFO DE LA REGLA 2.2.7 DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2018. NO CONTRAVIENE LOS PRINCIPIOS DE RESERVA DE LEY Y SUBORDINACIÓN JERÁRQUICA.-

Conforme a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 17-K y segundo de la fracción I, del artículo 134, ambos del Código Fiscal de la Federación vigente, la notificación electrónica de documentos digitales se realizará en el buzón tributario acorde a las reglas de carácter general que para tales efectos establezca el Servicio de Administración Tributaria; además, los mecanismos de comunicación de dicho buzón se establecerán a través de las citadas reglas; lo que se acató mediante la regla administrativa en cuestión en la que se designaron para tal efecto: a) el correo electrónico y b) número de teléfono móvil para envío de mensajes cortos de texto. Ahora bien, en el último párrafo de la regla en cita, se establece que en los casos en que los contribuyentes no elijan alguno de los mecanismos de comunicación señalados y no sea posible llevar a cabo la notificación a través de buzón tributario, se actualizará el supuesto de oposición a la diligencia de notificación. Dicha cuestión no contraviene los principios de reserva de ley y subordinación jerárquica toda vez que, el propio legislador estableció que fuera a través de reglas administrativas de carácter general, que se normara lo atinente a la notificación de documentos digitales vía buzón tributario, por lo que, es evidente que ese aspecto no se reservó a la ley...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR