Tesis nº IX-J-2aS-12 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Agosto de 2022

JuezJurisprudencia de Segunda Sección
MateriaLEY ORGÁNICA DEL TRIBUNALFEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
Fecha01 Agosto 2022
Fecha de publicación01 Agosto 2022
LocalizadorR.T.F.J.A. Novena Época. Año I. No. 8. Agosto 2022. p. 27
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónIX-J-2aS-12

LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNALFEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA

IX-J-2aS-12

INCIDENTE DE INCOMPETENCIA POR RAZÓN DE TERRITORIO. LA COPIA CERTIFICADA DEL REPORTE GENERAL DE CONSULTA DE INFORMACIÓN DEL CONTRIBUYENTE ES PRUEBA IDÓNEA PARA ACREDITAR EL DOMICILIO FISCAL DE LA PARTE ACTORA.-

Conforme al artículo 34, último párrafo de la Ley Orgánica de este Tribunal, el domicilio fiscal de la parte actora puede ser desvirtuado por la autoridad demandada, condicionada a exhibir los documentos idóneos para ello. En ese sentido, si la autoridad refiere que el domicilio fiscal de la parte actora se ubica en un lugar diverso al señalado en el escrito de demanda, y para el efecto exhibe copia certificada del Reporte General de Consulta de Información del Contribuyente, esta resulta ser prueba idónea para acreditar fehacientemente el domicilio fiscal del contribuyente, sin que obste a lo anterior que su emisión sea previa a la presentación de la demanda, siempre y cuando la certificación del mismo sea posterior, pues al tratarse de una certificación formulada por autoridad competente para ello, genera certeza respecto de la información contenida en el mismo y por tanto de la ubicación del domicilio fiscal del contribuyente dentro del lapso comprendido entre su emisión y certificación.(Tesis de jurisprudencia aprobada por acuerdo G/S2/16/2022)

PRECEDENTES:

VIII-P-2aS-245Incidente de Incompetencia en Razón de Territorio Núm. 268/17-EC2-01-8/1945/17-S2-06-06.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en sesión de 28 de noviembre de 2017, por mayoría 4 votos a favor y 1 voto en contra.- Magistrado Ponente: J.M.J.I..- Secretaria: L.. Y.S.C..(Tesis aprobada en sesión de 20 de febrero de 2018)R.T.F.J.A. Octava Época. Año III. No. 21. Abril 2018. p. 291VIII-P-2aS-386Incidente de Incompetencia en Razón de Territorio Núm. 160/18-EC2-01-3/1255/18-S2-08-06.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en sesión de 16 de octubre de 2018, por unanimidad de 5 votos a favor.- Magistrado Ponente...

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