Tesis nº VIII-P-2aS-761 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Marzo de 2022

JuezPrecedente de Segunda Sección
MateriaLEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Fecha01 Marzo 2022
Fecha de publicación01 Marzo 2022
LocalizadorR.T.F.J.A. Novena Época. Año I. No. 3. Marzo 2022. p. 505
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónVIII-P-2aS-761

LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

VIII-P-2aS-761

ALLANAMIENTO DE LA AUTORIDAD.- DEBE SATISFACER EN FORMA COMPLETA LAS PRETENSIONES DEL DEMANDANTE.-

El artículo 22 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo establece que la autoridad, al contestar la demanda o hasta antes del cierre de la instrucción, podrá allanarse a las pretensiones del demandante; por ello, cuando las autoridades se allanan por lo que se refiere a un vicio de procedimiento o de forma, condicionando el sentido de la nulidad que al efecto se declare, dicho allanamiento no satisface plenamente las pretensiones del demandante, por tanto, para cumplir con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo se deberá entrar a resolver el fondo del asunto, atento al principio de mayor beneficio que implica el estudio de aquellos argumentos que, de resultar fundados, satisfagan la pretensión principal deducida de la demanda.

PRECEDENTE:

VII-P-2aS-135Juicio Contencioso Administrativo Núm. 2823/10-07-03-8/196/11-S2-10-03.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 17 de enero de 2012, por...

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