Tesis nº VIII-P-SS-599 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Octubre de 2021
Juez | Precedente de Pleno |
Materia | LEY DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA FEDERACIÓN |
Fecha | 01 Octubre 2021 |
Fecha de publicación | 01 Octubre 2021 |
Localizador | R.T.F.J.A. Octava Época. Año VI. No. 59. Octubre 2021. p. 22 |
Emisor | Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa |
Número de resolución | VIII-P-SS-599 |
LEY DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA FEDERACIÓN
VIII-P-SS-599
RESPONSABILIDAD RESARCITORIA SOLIDARIA Y MANCOMUNADA. PARA DEFINIR SU ALCANCE RESULTA APLICABLE SUPLETORIAMENTE EL CÓDIGO CIVIL FEDERAL.-
El artículo 51 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2009, establece que la responsabilidad que se finque conforme a dicho ordenamiento, tiene por objeto resarcir el monto de los daños y perjuicios estimables en dinero que se hayan causado a la Hacienda Pública Federal, o en su caso, al patrimonio de los entes públicos federales o de las entidades paraestatales federales. Por su parte, el artículo 52 del mismo ordenamiento dispone que las responsabilidades resarcitorias se constituirán en primer término, a los servidores públicos o a los particulares, personas físicas o morales, que directamente hayan ejecutado los actos o incurran en las omisiones que las hayan originado y, subsidiariamente, y en ese orden, al servidor público jerárquicamente inmediato que por la índole de sus funciones haya omitido la revisión o autorizado tales actos, por causas que impliquen dolo, culpa o negligencia por parte del mismo. Finalmente, el artículo 5 del referido ordenamiento dispone que se aplicarán en forma supletoria y en lo conducente, entre otros, las disposiciones relativas del derecho común federal, sustantivo y procesal. En este tenor, aun cuando la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2009, no contemple con amplitud la responsabilidad solidaria y mancomunada, la autoridad demandada válidamente puede aplicar supletoriamente las disposiciones del Código Civil Federal...
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