Tesis nº VIII-P-2aS-736 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Agosto de 2021
Juez | Precedente de Segunda Sección |
Materia | CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN |
Fecha | 01 Agosto 2021 |
Fecha de publicación | 01 Agosto 2021 |
Localizador | R.T.F.J.A. Octava Época. Año VI. No. 57. Agosto 2021. p. 290 |
Emisor | Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa |
Número de resolución | VIII-P-2aS-736 |
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
VIII-P-2aS-736
REVISIÓN DE DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS. SON INOPERANTES LOS CONCEPTOS DE IMPUGNACIÓN FORMULADOS POR EL CONTRIBUYENTE DICTAMINADO, ENCAMINADOS A CONTROVERTIR LA LEGALIDAD DE LA ACTUACIÓN DE LA AUTORIDAD FISCALIZADORA DURANTE DICHA FACULTAD DE COMPROBACIÓN.-
Conforme lo previsto en los artículos 42 y 52-A del Código Fiscal de la Federación, y con apoyo en los razonamientos contenidos en la tesis 1a. VI/2014 (10a.) de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de rubro "REVISIÓN DE GABINETE Y REVISIÓN DEL DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS FORMULADOS POR CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO. LOS ARTÍCULOS 48 Y 52-A, FRACCIÓN I, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN QUE LAS PREVÉN, REGULAN SITUACIONES ESPECÍFICAS EXCLUYENTES ENTRE SÍ", la facultad de comprobación consistente en la revisión del dictamen de estados financieros que es ejercida con el contador público registrado que lo elaboró y la que lleguen a ejercer con el contribuyente dictaminado como tal, son autónomas e independientes entre sí, por dirigirse a sujetos diversos y tener objetos de revisión distintos. Así entonces, si en el juicio contencioso administrativo la contribuyente actora esgrime conceptos de impugnación encaminados a controvertir la legalidad de la resolución impugnada, aduciendo presuntas ilegalidades cometidas por la autoridad fiscalizadora durante la revisión del dictamen de sus estados financieros, tales argumentos resultan inoperantes, al carecer de interés jurídico para cuestionar la legalidad de dicha facultad de comprobación.
PRECEDENTES:
VIII-P-2aS-313Juicio Contencioso Administrativo Núm. 24705/13-SAM-9/1343/15-S2-08-04.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en sesión de 14 de junio de 2018, por unanimidad de 5 votos a favor.-...
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