Tesis nº VIII-P-2aS-736 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Agosto de 2021

JuezPrecedente de Segunda Sección
MateriaCÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Fecha01 Agosto 2021
Fecha de publicación01 Agosto 2021
LocalizadorR.T.F.J.A. Octava Época. Año VI. No. 57. Agosto 2021. p. 290
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónVIII-P-2aS-736

CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

VIII-P-2aS-736

REVISIÓN DE DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS. SON INOPERANTES LOS CONCEPTOS DE IMPUGNACIÓN FORMULADOS POR EL CONTRIBUYENTE DICTAMINADO, ENCAMINADOS A CONTROVERTIR LA LEGALIDAD DE LA ACTUACIÓN DE LA AUTORIDAD FISCALIZADORA DURANTE DICHA FACULTAD DE COMPROBACIÓN.-

Conforme lo previsto en los artículos 42 y 52-A del Código Fiscal de la Federación, y con apoyo en los razonamientos contenidos en la tesis 1a. VI/2014 (10a.) de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de rubro "REVISIÓN DE GABINETE Y REVISIÓN DEL DICTAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS FORMULADOS POR CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO. LOS ARTÍCULOS 48 Y 52-A, FRACCIÓN I, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN QUE LAS PREVÉN, REGULAN SITUACIONES ESPECÍFICAS EXCLUYENTES ENTRE SÍ", la facultad de comprobación consistente en la revisión del dictamen de estados financieros que es ejercida con el contador público registrado que lo elaboró y la que lleguen a ejercer con el contribuyente dictaminado como tal, son autónomas e independientes entre sí, por dirigirse a sujetos diversos y tener objetos de revisión distintos. Así entonces, si en el juicio contencioso administrativo la contribuyente actora esgrime conceptos de impugnación encaminados a controvertir la legalidad de la resolución impugnada, aduciendo presuntas ilegalidades cometidas por la autoridad fiscalizadora durante la revisión del dictamen de sus estados financieros, tales argumentos resultan inoperantes, al carecer de interés jurídico para cuestionar la legalidad de dicha facultad de comprobación.

PRECEDENTES:

VIII-P-2aS-313Juicio Contencioso Administrativo Núm. 24705/13-SAM-9/1343/15-S2-08-04.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en sesión de 14 de junio de 2018, por unanimidad de 5 votos a favor.-...

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