Tesis nº VIII-J-2aS-115 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Abril de 2021

JuezJurisprudencia de Segunda Sección
MateriaCÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Fecha01 Abril 2021
Fecha de publicación01 Abril 2021
LocalizadorR.T.F.J.A. Octava Época. Año VI. No. 53. Abril 2021. p. 22
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónVIII-J-2aS-115

CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

VIII-J-2aS-115

TRASPASOS ENTRE CUENTAS BANCARIAS. FORMA DE ACREDITARLOS CUANDO SE REALICE LA DETERMINACIÓN PRESUNTIVA EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 59, FRACCIÓN III DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.-

De conformidad con lo establecido en los artículos 40 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, 81 y 82 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la materia, el actor en el juicio se encuentra obligado a probar los hechos de los que deriva su derecho y el demandado de sus excepciones, en ese sentido, si la parte actora impugna la determinación presuntiva efectuada por la autoridad fiscalizadora en términos del artículo 59, fracción III del Código Fiscal de la Federación, la cual se refiere a depósitos registrados en sus cuentas bancarias, aduciendo que los mismos constituyen un traspaso entre sus cuentas propias, entonces es ella quien se encuentra obligada a aportar la documentación idónea (como lo sería estados de cuenta, papel de trabajo, copia del recibo en donde se especifique el monto y la cuenta de donde proviene el depósito, forma de pago, el número de cheque o reporte de transferencia, número y nombre de la cuenta bancaria abierta a su nombre de donde se visualice la salida del depósito, origen del importe depositado, entre otras) a efecto de demostrar que dichos depósitos y registros contables provienen de un concepto distinto al determinado por la autoridad fiscal y adicionalmente ofrecer la prueba pericial contable, y con ello, se verifique el registro de cada operación, correspondencia de cantidades entre sus cuentas y que no se incrementó su patrimonio.(Tesis de jurisprudencia aprobada por acuerdo G/S2/4/2021)

PRECEDENTES:

VIII-P-2aS-275Juicio Contencioso Administrativo Núm. 2684/16-EC1-01-5/3509/17-S2-09-04.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en sesión de 20 de marzo de 2018, por mayoría de 4 votos a favor y 1 voto con los puntos resolutivos.- Magistrado Ponente: A.S.L..- Secretario: L.. C.A.V.R..(Tesis aprobada en sesión de 12 de abril de 2018)R.T.F.J.A. Octava Época. Año III. No. 22. Mayo 2018. p. 231VIII-P-2aS-537Juicio Contencioso Administrativo Núm. 720/17-13-01-3/1348/18-S2-09-04.- Resuelto por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en sesión de 10 de octubre de 2019, por unanimidad de 4 votos a favor.- Magistrado Ponente: A.S.L..-...

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