Tesis nº VIII-P-SS-448 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Octubre de 2020

JuezPrecedente de Pleno
MateriaLEY DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA FEDERACIÓN
Fecha01 Octubre 2020
Fecha de publicación01 Octubre 2020
LocalizadorR.T.F.J.A. Octava Época. Año V. No. 47. Octubre 2020. p. 222
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónVIII-P-SS-448

LEY DE FISCALIZACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA FEDERACIÓN

VIII-P-SS-448

RESPONSABILIDAD RESARCITORIA. NOCIÓN DE RELACIÓN O NEXO CAUSAL PARA EFECTOS DE LA.-

Del artículo 50 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación se desprenden los elementos que deben concurrir para la actualización de la responsabilidad resarcitoria, a saber, la existencia de un sujeto pueden ser servidores públicos, particulares, personas físicas o morales, una conducta el despliegue de actos u omisiones, un daño a la hacienda pública federal, o al patrimonio de los entes públicos federales o las entidades paraestatales federales y una relación o nexo causal que esos actos u omisiones causen ese daño o perjuicio. En ese contexto, la relación o nexo causal supone que se constate o verifique la interrelación de determinados eventos [antecedente y consecuente] a través de un análisis fáctico, para determinar si dichos sucesos concurren y determinan la producción del daño. Así, para corroborar la existencia del nexo causal, debe llevarse a cabo el análisis del conjunto de hechos y condiciones que se susciten en cada caso particular, a fin de determinar si son autónomos entre sí o dependientes unos de otros, reduciéndose el problema en fijar qué hecho o condición puede ser relevante en sí mismo para obtener el resultado final; en otras palabras, se debe poder establecer si a partir de cierto acto u omisión, la concurrencia del daño era de esperarse en la esfera normal del curso de los acontecimientos o si, por el contrario, la lesión queda fuera de...

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