Tesis nº VII-CASE-ECE-17 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Septiembre de 2020

LocalizaciónR.T.F.J.A. Octava Época. Año V. No. 46. Septiembre 2020. p. 424
EpocaOctava Época

LEY ADUANERA

VII-CASE-ECE-17

NOTIFICACIÓN POR INSTRUCTIVO EN MATERIA ADUANERA. SE VIOLA EL ARTÍCULO 137 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, CUANDO EL CITATORIO SE FIJA EN LA PARED DEL INMUEBLE.-

El artículo 137 del Código Fiscal de la Federación de aplicación supletoria a la Ley Aduanera, en términos de su artículo 1°, regula las notificaciones personales cuando no se encuentre a quien deba notificarse, para ese efecto, el notificador dejará citatorio en el domicilio, para que la persona a quien daba notificarse lo espere a una hora fija del día hábil siguiente, asimismo, si la persona citada o su representante legal no esperaren el día y hora señalados en el citatorio, se practicará con quien se encuentre en el domicilio o en su defecto con un vecino; en caso de que estos se negasen a recibir la notificación, esta se realizará por medio de instructivo, que se fijará en lugar visible de dicho domicilio. Ante lo cual, es contrario a lo dispuesto por el referido artículo 137, que el citatorio previo se fije en la pared del inmueble, por instructivo, ya que dicho citatorio es una fase del acto procesal de notificación personal o emplazamiento por medio del cual se constriñe a la persona buscada a que espere al notificador en día y horas determinados; de ahí que debe entregarse a una...

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