Tesis nº VIII-J-SS-113 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Septiembre de 2019

LocalizaciónR.T.F.J.A. Octava Época. Año IV. No. 38. Septiembre 2019. p. 33
EpocaOctava Época

LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTOCONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

VIII-J-SS-113

COMPETENCIA TERRITORIAL DE LA SALA REGIONAL PARA CONOCER DEL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, CUANDO ES PROMOVIDO POR UNA PLURALIDAD DE ACTORES CON DOMICILIOS FISCALES DISTINTOS.-

Tratándose de juicios contencioso administrativos que sean promovidos por una pluralidad de actores con domicilios fiscales distintos, la Sala Regional competente para conocer del juicio será aquélla ante la que se haya presentado la demanda, de conformidad con el segundo párrafo del artículo 30 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Lo anterior es así, pues el diverso artículo 34 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, no indica cuál es el domicilio que debe ser considerado para efectos de fijar la competencia territorial de una Sala Regional, cuando de la demanda se advierta la existencia de más de un actor, y cada uno tenga un domicilio fiscal distinto; sin que pueda considerarse como tal, el de la persona que haya sido designada como representante común, pues tal designación únicamente tiene como propósito la...

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