Tesis nº VIII-P-1aS-523 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Febrero de 2019

LocalizaciónR.T.F.J.A. Octava Época. Año IV. No. 31. Febrero 2019. p. 151
EpocaOctava Época

LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTOCONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

VIII-P-1aS-523

JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. PROCEDE EL SOBRESEIMIENTO CUANDO LA PARTE ACTORA NO LOGRA DESVIRTUAR LA LEGALIDAD DE LA NOTIFICACIÓN; Y, EN CONSECUENCIA, PRESENTA LA DEMANDA FUERA DEL PLAZO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 13 DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.-

De la interpretación armónica de los artículos 8, fracción IV, 9, fracción II y 13 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, vigente hasta el 13 de junio de 2016, se desprende que es improcedente el juicio contencioso administrativo cuando hubiere consentimiento, entendiéndose que lo hay si no se promovió algún medio de defensa en los términos de las leyes respectivas o juicio ante este Tribunal, dentro del plazo de 45 días siguientes a aquel en que haya surtido efectos la notificación de la resolución impugnada; en consecuencia, procede el sobreseimiento del mismo. En ese sentido, si la parte actora niega lisa y llanamente que se le haya notificado la resolución que impugna y no obstante dicha negativa, no logra desvirtuar la legalidad de la notificación de aquella, debe tenerse como fecha de notificación la que ahí consta para efecto del cómputo del plazo establecido en la Ley para la interposición del juicio contencioso administrativo, y si de esa fecha a la de presentación de la demanda transcurrió en exceso el plazo de los 45 días que establece el artículo 13 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo para su interposición, hace que la misma sea extemporánea, siendo procedente sobreseer el juicio al haberse actualizado la causal de improcedencia contenida en el artículo 8, fracción IV, en relación con el 9°, fracción II de la Ley Federal de mérito.

PRECEDENTES:

VIII-P-1aS-277Juicio Contencioso Administrativo Núm. 15/1949-24-01-01-01-OL/15/55-S1-05-30.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en sesión de 28 de septiembre de 2017, por unanimidad de 5 votos a favor.- Magistrado Ponente: G.V.E..- Secretaria: L.. H.G.S..(Tesis aprobada en sesión de 7 de diciembre de 2017)R.T.F.J.A. Octava Época. Año III. No. 18. Enero 2018 p. 482VIII-P-1aS-404Juicio Contencioso Administrativo Núm. 7660/17-17-13-1/1149/18-S1-04-04.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en sesión de...

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