Tesis nº VII-CASR-2OC-35 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Septiembre de 2018

LocalizaciónR.T.F.J.A. Octava Época. Año III. No. 26. Septiembre 2018. p. 364
EpocaOctava Época

LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNALFEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA

VII-CASR-2OC-35

COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD. ACTOS RESPECTO DE LOS CUALES EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA ES COMPETENTE PARA CONOCER SOBRE SU LEGALIDAD.-

A raíz de la reforma a los artículos 25, párrafo cuarto, 27, párrafo sexto, y 28, párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos -EN MATERIA DE ENERGÍA- y de la entrada en vigor de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2013 y el 11 de agosto de 2014, respectivamente, la Comisión Federal de Electricidad se transformó, por ministerio de ley, en una empresa productiva del Estado, por lo que en términos de los artículos 3, 7, 82 y 118 de la Ley de la Comisión Federal de Electricidad, a los actos que emita dicho ente público les son aplicables las legislaciones mercantil y civil, y en consecuencia su legalidad será resuelta por los jueces y tribunales de la federación o del orden común cuya jurisdicción corresponda a tales materias, y solo aquellos actos que se dicten en el procedimiento de contratación en materia de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras tendrán la naturaleza administrativa, y por ende serán impugnables mediante juicio contencioso administrativo federal ante este Tribunal en términos de lo establecido en la fracción VIII, del artículo 3, de la Ley Orgánica del...

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