Tesis nº VIII-P-2aS-282 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Junio de 2018

LocalizaciónR.T.F.J.A. Octava Época. Año III. No. 23. Junio 2018. p. 159
EpocaOctava Época

LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTOCONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

VIII-P-2aS-282

TERCERO COADYUVANTE. SU NATURALEZA JURÍDICA ES INCOMPATIBLE CON LA DEL TERCERO PREVISTO EN LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 3° DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.-

De lo dispuesto por las diversas fracciones del artículo 3° de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se advierte que tienen el carácter de parte en el juicio contencioso administrativo federal, el demandante, los demandados, así como el tercero que tenga un derecho incompatible con la pretensión del demandante, tal y como se señala en la fracción III de dicho precepto. Por su parte, la tesis aislada I.3o.C.991 C (9a.), de rubro: "TERCERO COADYUVANTE. CUANDO COMPARECE A JUICIO DEBE ESTARSE A TODAS LAS ACTUACIONES ANTERIORES EN LA RELACIÓN PROCESAL.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta correspondiente al mes de octubre de 2011, Tomo 3, visible en la página 1767, de dicho medio de difusión, define la figura del tercero coadyuvante, como una institución jurídica propia de la legislación mercantil, que es representada por aquella persona que se introduce a la relación procesal, con el fin único de ayudar a colaborar en la pretensión de una de las partes, sin deducir un interés diverso, ni contrariar las pretensiones de la parte asociada. En el contexto expresado, nos encontramos frente a figuras procesales diversas, mismas que resultan discordantes entre sí, toda vez que tratándose de la instancia contencioso administrativa, la figura a que se refiere la fracción III, del precepto invocado, implica la titularidad de un derecho discordante con la pretensión del demandante, que se traduce en la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR