Tesis nº VII-P-SS-455 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Enero de 2017

LocalizaciónR.T.F.J.A. Octava Época. Año II. No. 6. Enero 2017. p. 432
EpocaOctava Época

GENERAL

VII-P-SS-455

SUPLENCIA POR AUSENCIA. LA INVOCACIÓN DE PRECEPTOS DE ORDEN REGLAMENTARIO, PARA FUNDAMENTAR LA ACTUACIÓN DE LA AUTORIDAD SUPLENTE, NO TRANSGREDE EL REQUISITO DE DEBIDA FUNDAMENTACIÓN.-

La suplencia de un servidor público tiene como propósito que las funciones de los órganos gubernamentales no se vean afectadas por la ausencia de la autoridad administrativa a quien la ley otorga facultades para emitir determinado acto administrativo, por lo que a efecto de fundar la competencia de una autoridad administrativa que actúa en suplencia de una diversa que se encuentra ausente, aquella autoridad válidamente puede emplear, de manera indistinta, artículos reglamentarios o bien de naturaleza legislativa, pues los requisitos constitucionales de fundamentación y motivación, para actuar con tal carácter, solo constriñen a la autoridad suplente, a invocar disposiciones vigentes, que le concedan expresamente la facultad para firmar el acto administrativo en suplencia por ausencia del titular...

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