Tesis nº VII-CASR-NOIII-6 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Febrero de 2017

LocalizaciónR.T.F.J.A. Octava Época. Año II. No. 7. Febrero 2017. p. 859
EpocaOctava Época

GENERAL

VII-CASR-NOIII-6

PRINCIPIO DE INMEDIATEZ EN MATERIA ADUANERA. SU VIOLACIÓN EN LA DETENCIÓN DE UN VEHÍCULO DERIVADO DE UN OPERATIVO DE LA POLICÍA FEDERAL.-

Si de la revisión que llevó a cabo la Policía Federal a un vehículo de procedencia extranjera se considera que el conductor no acreditó su legal estancia en el país y denuncia tales hechos al agente del Ministerio Público de la Federación, quien a su vez lo pone a disposición física de la autoridad hacendaria competente, esta última debe notificar la correspondiente orden de verificación e iniciar el procedimiento administrativo en materia aduanera desde el momento en el cual se le hizo entrega del vehículo. Bajo ese tenor, al contar con elementos suficientes para ejercer sus facultades de fiscalización, la autoridad debe iniciar de inmediato el procedimiento administrativo en materia aduanera para que el interesado...

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