Tesis nº VII-P-1aS-1258 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Noviembre de 2015

LocalizaciónR.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año V. No. 52. Noviembre 2015. p. 586
EpocaSéptima Época

CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

VII-P-1aS-1258

SOBRESEIMIENTO.- CASO EN QUE NO PROCEDE, AUN CUANDO HAYA CONEXIDAD ENTRE LOS ACTOS COMBATIDOS.-

Cuando se impugnen actos que son consecuencia de otros y no obstante haber concurrido las causas de acumulación previstas en el artículo 219, fracción III del Código Fiscal de la Federación, ésta no fue posible respecto de los que son su antecedente, combatidos igualmente a través del juicio contencioso administrativo previsto en el Título VI del Código Fiscal de la Federación, no se surte el presupuesto de improcedencia del juicio establecido en el artículo 202, fracción VII del propio Ordenamiento, relativo a que los actos conexos hubieren sido impugnados por medio de algún recurso o medio de defensa diferente, toda vez que en el caso ambos actos definitivos, antecedente y consecuente, fueron impugnados en la misma vía contenciosa, lo que lleva a concluir que el sobreseimiento alegado por la autoridad, con apoyo en la última disposición señalada, es infundado.

PRECEDENTES:

V-P-1aS-148Juicio No. 2444/99-11-02-1/109/99-S1-05-04.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 16 de abril de 2002, por unanimidad de 4 votos a favor.- Magistrada Ponente: M. delC.V.O..- Secretaria: L.. Ma. de L.V.G..(Tesis aprobada en sesión privada de 6 de mayo de 2003)R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año III. No. 33. Septiembre 2003. p. 24VII-P-1aS-866Juicio Contencioso Administrativo Núm. 12/13-12-01-8/1845/13-S1-03-03.- Resuelto por la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en sesión de 11 de febrero de 2014, por...

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