Tesis nº VII-P-1aS-1171 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Julio de 2015

LocalizaciónR.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año V. No. 48. Julio 2015. p. 270
EpocaSéptima Época

LEY ADUANERA

VII-P-1aS-1171

RESOLUCIÓN FINAL DEL EXAMEN PARA SUPRIMIR LAS CUOTAS COMPENSATORIAS, RESULTA PROCEDENTE SU IMPUGNACIÓN A TRAVÉS DEL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, CUANDO PREVIAMENTE SE INTERPUSO EL RECURSO DE REVOCACIÓN.-

De conformidad con los artículos 94 y 95 de la Ley de Comercio Exterior, el recurso de revocación es de interposición obligatoria previo al juicio contencioso administrativo ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, tratándose de las resoluciones que concluyan la investigación del examen de vigencia de cuotas compensatorias; por tanto, si el demandante controvierte las resoluciones finales del examen para la vigencia de las cuotas compensatorias a través del juicio contencioso administrativo debe agotar previamente el recurso de revocación, al ser este un requisito sine qua non para la procedencia de la vía jurisdiccional que nos ocupa, de lo contrario, deberá decretarse la improcedencia del juicio y; por ende, su sobreseimiento, al no...

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