Tesis nº VII-CASR-12ME-1 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Octubre de 2015

LocalizaciónR.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año V. No. 51. Octubre 2015. p. 257
EpocaSéptima Época

LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

VII-CASR-12ME-1

PRUEBAS EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. CASO EN QUE CARECEN DE VALOR PROBATORIO LAS OFRECIDAS POR LA PARTE DEMANDADA DURANTE LA SECUELA PROCEDIMENTAL.-

De la hermenéutica jurídica a los artículos 20, 21 y 40 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, se advierten como hipótesis fundamentales que, cuando el actor en el escrito inicial de demanda niegue lisa y llanamente el hecho generador que conllevó a la emisión de la resolución impugnada, se genera la obligación a cargo de la autoridad correspondiente de exhibir al contestar la demanda, la constancia o constancias en las que se sustente la emisión del acto administrativo de que se trate, para que el actor tenga oportunidad de combatirlas en la ampliación de la demanda -por ser la fase procedimental en que la parte actora debe controvertir las constancias de que se trate-. Lo anterior es así, pues al establecerse el derecho de la autoridad al contestar la demanda como parte en el juicio, de plantear en esta las excepciones y defensas que le impute de manera directa la accionante en la demanda inicial, así como ofrecer las pruebas en que se sustente la contestación respectiva, conlleva la obligación correlativa de la enjuiciada de cumplir en ese momento procedimental con todos y cada uno de los requisitos en mención, pues de lo contrario dejaría en imposibilidad jurídica a la parte actora para que pueda ejercer debidamente su derecho de defensa a través de la...

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