Tesis nº VII-CASR-8ME-47 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Septiembre de 2015

LocalizaciónR.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año V. No. 50. Septiembre 2015. p. 146
EpocaSéptima Época

CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

VII-CASR-8ME-47

CONFIRMATIVA FICTA. SE CONFIGURA CUANDO LA AUTORIDAD NO ACREDITA LA LEGAL NOTIFICACIÓN DEL ACUERDO DE INCOMPETENCIA.-

Cuando se controvierta en juicio contencioso administrativo la actualización de la confirmativa ficta recaída a un recurso de inconformidad y la autoridad al contestar la demanda sostenga que no opera la figura porque emitió acuerdo de incompetencia y remitió el medio de defensa a la autoridad competente y al no satisfacer la pretensión originaria de la accionante, procede en primer término, analizarse la legalidad de la notificación del aludido acuerdo y en el caso de que la notificación no se ajuste a las formalidades establecidas en los artículos 134 y 137 del Código Fiscal de la Federación, se declarará ilegal dicha notificación y se considerará actualizada la figura de confirmativa ficta, atendiendo al hecho de que no surgió a la vida jurídica el acuerdo de incompetencia al no...

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