Tesis nº IV-TA-2aS-88 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Noviembre de 2000

JuezAislada, Segunda Sección
MateriaPROCESAL
(SENTENCIA DE SALA SUPERIOR),Derecho Fiscal
Fecha01 Noviembre 2000
Fecha de publicación01 Noviembre 2000
LocalizadorR.T.F.F. Cuarta Época. Año III. No. 28. Noviembre 2000. p. 219
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónIV-TA-2aS-88

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

PROCESAL (SENTENCIA DE SALA SUPERIOR)

IV-TA-2aS-88

FACULTAD DE ATRACCIN.- SU EJERCICIO NO COMPRENDE EL TRÁMITE Y LA RESOLUCIÓN DEL INCIDENTE DE SUSPENSIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIÓN.-

Si bien los artículos 20, fracción I, inciso c), de la Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación y 239-A del Código Fiscal de la Federación, regulan el ejercicio de la facultad de atracción por parte del Pleno y de las Secciones de la Sala Superior del Tribunal Fiscal de la Federación, en tratándose de incidentes de suspensión de la ejecución promovidos en tales asuntos, la competencia para tramitarlos y resolverlos corresponde al Magistrado Instructor de la Sala Regional que conozca o haya conocido del asunto en primera instancia, conforme a lo dispuesto por los artículos 227 y 228...

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