Tesis nº VII-P-2aS-383 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Diciembre de 2013

LocalizaciónR.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año III. No. 29. Diciembre 2013. p. 306
EpocaSéptima Época

TRATADO DE LIBRE COMERCIO DE AMRICA DEL NORTE

VII-P-2aS-383

TRATADO DE LIBRE COMERCIO DE AMRICA DEL NORTE. LOS TEXTOS QUE PREVN LOS ACTOS DEL PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIN PUEDEN VLIDAMENTE ELABORARSE EN CUALQUIERA DE LOS IDIOMAS ESTABLECIDOS EN EL TRATADO.-

Del artculo 506 de ese instrumento internacional y de las Reglas relativas para su aplicacin, se advierte en forma expresa el idioma en el cual se debe llevar a cabo el procedimiento de verificacin de origen, esto es, en el idioma de la autoridad verificadora o en el idioma de la exportadora o productora sujeto a la verificacin. Sin embargo, de la interpretacin de los artculos 912 y 2206 de mismo Tratado en relacin con el artculo 31 de la Convencin de Viena sobre el Derecho de los Tratados, se desprende que, al pactarse como textos autnticos los elaborados en espaol, francs...

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