Tesis nº VII-P-1aS-770 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Diciembre de 2013

LocalizaciónR.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año III. No. 29. Diciembre 2013. p. 289
EpocaSéptima Época

CDIGO FISCAL DE LA FEDERACIN

VII-P-1aS-770

AGRAVIOS INOPERANTES POR EXTEMPORNEOS.- SON AQUELLOS CONCEPTOS DE NULIDAD QUE A PESAR DE HABERSE PODIDO PLANTEAR EN EL ESCRITO INICIAL DE DEMANDA, SE HACEN VALER EN EL DE AMPLIACIN.-

De conformidad con lo dispuesto por el artculo 210 del C.F. de la Federacin, la ampliacin de la demanda procede: a) Cuando se impugne una negativa ficta; b) Contra el acto principal del que derive el impugnado en la demanda, as como su notificacin, cuando se le den a conocer en la contestacin; c) Cuando el actor manifiesta no conocer el acto impugnado y es dado a conocer mediante la contestacin de demanda; y, d) Cuando en la contestacin se introducen cuestiones no conocidas por el actor. En conclusin la ampliacin de la demanda procede contra todos aquellos actos que son desconocidos por el actor y que les son dados a conocer a travs o con motivo de la contestacin de la demanda; por lo cual, en una ampliacin de demanda, slo se pueden hacer valer como conceptos de anulacin, los argumentos tendientes a controvertir cuestiones dadas a conocer por esa contestacin; por lo que, si la actora controvierte actos que ya conoca, como es la orden de visita de la que deriva la resolucin impugnada y la falta de...

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