Tesis nº VII-P-1aS-874 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Marzo de 2014

LocalizaciónR.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año IV. No. 32. Marzo 2014. p. 399
EpocaSéptima Época

LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

VII-P-1aS-874

VIOLACIN DE PROCEDIMIENTO SUBSTANCIAL.- LO CONSTITUYE AL DICTAR EL ACUERDO DE CIERRE DE INSTRUCCIN SIN OTORGAR PREVIAMENTE EL DERECHO A LAS PARTES PARA QUE FORMULEN SUS ALEGATOS.-

De conformidad con el artculo 47 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, el Magistrado Instructor previo a emitir el acuerdo de cierre de instruccin y diez das despus de que haya concluido la sustanciacin del juicio y no existiere ninguna cuestin pendiente que impida su resolucin, notificar por lista a las partes que tienen un trmino de cinco das para formular alegatos por escrito, mismos que sern considerados al dictar la sentencia. En ese sentido y tomando en consideracin que esencialmente los alegatos constituyen el acto realizado por cualquiera de las partes, mediante el cual se exponen las razones de hechos y de derecho en defensa de sus intereses jurdicos, pretendiendo demostrar al juzgador que las pruebas desahogadas confirman su mejor derecho y no as los argumentos y probanzas de su contraparte, teniendo la posibilidad de formular alegatos de bien probado, que significa el derecho que le asiste a cada parte en juicio, para que en el momento oportuno recapitule en forma sinttica las razones jurdicas, legales y doctrinarias que surgen de la contestacin a la demanda y de las pruebas rendidas en el juicio, o al formular alegatos, en los que se controviertan los argumentos de la contestacin de la demanda o en la contestacin a la ampliacin de la demanda o se objetan o refutan las pruebas ofrecidas por la contraparte. En consecuencia, los Magistrados instructores estn obligados a respetar el derecho de las partes a formular alegatos dentro del plazo establecido en la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, mismos que sern tomados en consideracin al momento de emitir la sentencia definitiva, ya que el dictarse el acuerdo de...

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