Tesis nº VII-CASR-1NCII-3 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Marzo de 2014

LocalizaciónR.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año IV. No. 32. Marzo 2014. p. 882
EpocaSéptima Época

CDIGO FISCAL DE LA FEDERACIN

VII-CASR-1NCII-3

RECURSO DE REVOCACIN. EN TRMINOS DEL ARTCULO 117, FRACCIN II, INCISO A), DEL CDIGO FISCAL DE LA FEDERACIN, RESULTA PROCEDENTE SU INTERPOSICIN EN CONTRA DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCIN CUANDO SE ALEGUE QUE EL O LOS CRDITOS FISCALES QUE SE PRETENDEN HACER EXIGIBLES A TRAVS DEL MISMO, SE HAN EXTINGUIDO O QUE SU MONTO REAL ES INFERIOR AL EXIGIDO SIN QUE RESULTE APLICABLE, EN TAL CASO, EL ARTCULO 127 DEL CDIGO EN CITA.-

De conformidad con el artculo 117, fraccin II, inciso a), del C.F. de la Federacin, el recurso de revocacin proceder en contra de los actos de autoridades fiscales que exijan el pago de los crditos fiscales, cuando se alegue que estos se han extinguido o que su monto real es inferior al exigido, siempre que el cobro en exceso sea imputable a la autoridad ejecutora o se refiere a recargos, gastos de ejecucin o a la indemnizacin a que se refiere el artculo 21 de este Cdigo; por tanto, si al promover el recurso de revocacin, la promovente argumenta que el procedimiento administrativo de ejecucin es ilegal, por pretender hacer efectivo un crdito fiscal que se ha extinguido o que su monto real es inferior al exigido en dicho acto ejecutivo, la autoridad administrativa debe admitir a trmite el recurso de revocacin y resolver efectivamente la pretensin del actor, sin que pueda...

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