Tesis nº I-TP-1286 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Julio de 1974

Número de resoluciónI-TP-1286
Fecha de publicación01 Julio 1974
Fecha01 Julio 1974
Número de registro36827
MateriaDerecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.F. Año XXXVIII. Nos. 451-453. Julio-Septiembre. 1974. p. 183;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

En los casos en que se trate de gravámenes regulados en diferentes ordenamientos, sólo procede la compensación de acuerdo con el artículo 29 del Código Fiscal de la Federación, cuando la autoridad administradora del impuesto ha revisado la situación jurídica del causante y llega a la conclusión de que efectivamente se liquidaron cantidades en exceso, ya que hasta este momento existe el reconocimiento del adeudo y se establece en cantidad líquida...

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